"La indignación que puede generar un diálogo entre partes estructuralmente desiguales para llegar a acuerdos injustos, los incumplimientos laborales de una empleadora y/o la naturalización de un uso inapropiado y poco ético de la función pública, no alcanza", sostuvo el magistrado en el texto al que accedió Télam.
Antes de devolver las actuaciones al fiscal Marijuan -que tiene delegada la investigación- Casanello aseveró que "no se podría cumplir con la condición de validez de una indagatoria si al momento de la intimación en lugar de anoticiar un hecho concreto -expuesto de modo íntegro, claro, preciso y circunstanciado-, mencionásemos meras denominaciones legales, adjetivaciones rimbombantes, abstracciones u omitiésemos elementos que caractericen jurídicamente la imputación".
El magistrado señaló que "este tipo penal, necesariamente exige que haya un/a funcionario/a público/a que dicte resoluciones o diere órdenes, que fueran contrarias a la legislación vigente", en referencia a la posibilidad de imputarle a Donda el delito de abuso de autoridad.
De acuerdo al relevamiento presentado por Marijuan "existieron conversaciones privadas en el marco de las cuales Donda Pérez habría formulado un ofrecimiento impropio".
Sin embargo, "no hay elementos que indiquen que tras esos diálogos haya existido una resolución o a una orden emanada por la titular del Inadi, que disponga hacer efectivo tal ofrecimiento", sostuvo el magistrado.
Al reclamar su indagatoria, Marijuan había acusado a Donda de "haberse interesado ilícitamente, por fuera del interés estatal, y abusando de su carácter de interventora del Inadi, en la obtención de un plan social o contrato en el citado organismo en favor de la señora Arminda Banda Oxa, con el objeto de que ésta presentara la renuncia a la relación laboral que la vinculaba como empleada doméstica en su domicilio particular".